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DERECHO A LA INFORMACIÓN VÍA PARA CONOCER LA VERDAD EN ASUNTOS SOBRE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS:

El acceso a la información en aquellos casos en que ha habido violaciones graves a derechos humanos, ha generado un trabajo de colaboración entre el INAI y la CNDH, apuntó el Comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov_



El derecho de acceso a la información permite a las personas el ejercicio del derecho a saber y a la verdad en asuntos relacionados con violaciones graves a derechos humanos, coincidieron en señalar los Comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Oscar Guerra Ford y Rosendoevgueni Monterrey Chepov.

Durante su participación en el panel “El acceso a la información en expedientes relacionados con violaciones graves a derechos humanos (delitos de lesa humanidad, desaparición forzada, entre otros) información de interés público. Derecho a saber, vía para ejercer otros derechos humanos”, los Comisionados expusieron algunos casos resueltos por el INAI, entre los que destacan Aguas Blancas, Ayotzinapa y San Fernando.

Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Comisionado del INAI, enfatizó que el acceso a la información, particularmente en aquellos casos en que ha habido violaciones graves a derechos humanos, ha venido a armonizar y a generar un trabajo de colaboración entre el INAI como organismo garante del acceso a la información y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) como la instancia protectora no jurisdiccional de los derechos humanos.

“Fortalece (el acceso a la información) el papel de ambas instancias, de modo conciliador el INAI puede, en prima facie, determinar como grave una violación de derechos humanos, solo para efectos de que la información que rodea dicha violación sea pública y resulten improcedentes los intentos por reservarla en perjuicio del derecho a saber y el derecho a la verdad, lo anterior, con salvaguarda de la competencia mucho más amplia que la CNDH tiene en estos rubros”, señaló.

El Comisionado reiteró que el derecho de acceso a la información es una especie de llave que permite el ejercicio informado de otros derechos fundamentales como la educación o bien, para exigir un medio ambiente sano; este derecho cuenta con una faceta instrumental que trae la posibilidad de ejercer otras prerrogativas que han sido conferidas por la Constitución y por institutos internacionales en la materia.

El Comisionado Oscar Guerra Ford recordó que el derecho de acceso a la información está regulado en el artículo sexto constitucional y existe un marco normativo robusto que comprende la Ley General, con vigencia nacional, la Ley Federal, que rige a las instituciones federales; así como 32 leyes locales.

“La Ley Federal de Acceso a la Información establece que uno de los principales objetivos de que exista transparencia y acceso a la información, el derecho a saber es para fortalecer el escrutinio ciudadano sobre las actividades sustantivas que realizan las instituciones públicas. También, evidentemente, la información propicia una mayor y mejor participación ciudadana”, apuntó.

Guerra Ford añadió que el derecho de acceso a la información es fundamental para un progreso más social e individual, y tiene un factor de equidad para acceder a otros derechos, como un derecho llave y transversal. Al respecto, señaló que las mexicanas y los mexicanos pueden ejercer este derecho humano a través de la transparencia reactiva, esto es, pidiendo la información a cualquier sujeto obligado a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), o bien, desde el TELINAI; o bien, a través de la transparencia activa por obligaciones de transparencia publicada por las instituciones.

“La información es indispensable para la defensa de los derechos humanos y por eso el INAI es un aliado de este tema”, concluyó.

Fernando Rojas Espinosa, Director de Transparencia de la CNDH, manifestó que hoy enfrentamos un contexto en el que están ocurriendo muchas situaciones. “Una cuestión pandémica en el mundo, una transformación política en el país y al interior de la CNDH, el Comité de Transparencia aprobó el Manual de Organización y Funcionamiento, donde se reconoce la autonomía de la Unidad de Transparencia”.
María de los Ángeles Cortés Ríos, Titular de la Dirección General de Organismos Internacionales en la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), señaló que en un régimen democrático y en un Estado constitucional de derecho la excusa de seguridad nacional es, absolutamente inaceptable.

“En toda transición el derecho de acceso a la información se convierte en una herramienta esencial para impulsar el esclarecimiento de las atrocidades del pasado, es por esto, que en contextos de transición de democracia la libertad de expresión y el acceso a la información adquieren una importancia estructural”, apuntó.

La Comisionada Norma Julieta del Río Venegas puntualizó que es de mucho interés que se conozca el actuar del IFAI y posterior INAI, en las resoluciones que se emitieron respecto a casos tan sensibles de violación de derechos humanos, porque “tenemos el derecho como sociedad a conocer la verdad”.
Las estadísticas de la PNT muestran que ha habido cambios en el derecho de acceso a la información, a partir de su nacimiento, añadió la Comisionada, quien participó como moderadora de la mesa.
La mesa celebrada en el marco del conversatorio Promoción y Defensa Integral de los Derechos Humanos en México, fue organizada por la CNDH y el INAI.

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COMUNICACIÓN SOCIAL Y DIFUSIÓN DEL INAI

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Enero 10, 2021