SEGURIDAD PÚBLICA
ADMITE JUZGADO FEDERAL AMPARO DE LA COMUNIDAD AGRARIA INDÍGENA DE ZACUALPAN
En el marco de la Estrategia Nacional de la Red Mexicana de Afectados
por la Minería (REMA), para lograr que se declare la inconstitucionalidad de la
Ley Minera, así como de las Concesiones que afectan territorios indígenas, y
con el fin de fortalecer la lucha legal y pacífica de las comunidades; el día
martes 24 de marzo de 2015 la Comunidad Agraria Indígena de
Zacualpan, Mpio. de Comala, Colima, presentó un amparo ante el
Juzgado Primero de Distrito del Poder Judicial Federal con sede en la
ciudad de Colima, Colima, contra dos concesiones mineras en territorio
de la comunidad indígena de Zacualpan, así como contra los artículos 6,
10, 15, y 19 fracción IV de la Ley Minera por considerarla
anticonstitucional y anticonvencional, quedando registrado con el
número de expediente 450/2015-II-A. Este amparo fue admitido el día 25
de marzo de 2015, nos fue notificado el día de ayer 26 de marzo, mismo
que concede la Suspensión de Plano.
Es de importancia resaltar que la demanda de amparo de Zacualpan se
promovió a través de sus autoridades agrarias como en su calidad de
comunidad indígena contra actos de diversas autoridades entre ellas la
Secretaría de Economía, la SEMARNAT, el Poder Ejecutivo Federal, el
Congreso de la Unión (Cámara de Senadores y de Diputados), CONAGUA,
Delegada de la Procuraduría Agraria, Comisión Nacional para el
Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Secretario de Gobernación y varias
autoridades más.
Decretando el Juez Federal: “De ahí que, conforme lo dispone el artículo
126, párrafo tercero, de la Ley de Amparo, lo procedente es CONCEDER
LA SUSPENSIÓN DE PLANO de los actos reclamados, para el efecto
de que las autoridades responsables se abstengan de realizar
cualquier acto tendente a privar de sus derechos agrarios
(propiedad, posesión y disfrute) a la comunidad Indígena de
Zacualpan, con motivo de los títulos de concesión minera
227572 y 201872, situación que deberá prevalecer hasta en tanto
cauce ejecutoria la sentencia que resuelva sobre el fondo del presente
juicio”. Lo anterior se deriva del hecho de que son actos que pueden
tener el efecto de privar total o parcialmente, en forma temporal o
definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios
a los núcleos de población ejidal o comunal, que implican una posible
afectación del disfrute de los bienes comunales a la comunidad de
Zacualpan por parte de los titulares de las concesiones mineras que se
reclaman, ya que se encuentran invadiendo tierras agrarias de la
comunidad agraria.
Este juicio será llevado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para
que se declare la nulidad de las concesiones mineras, así como la
inconsitucionalidad de la Ley Minera que violenta además los Convenios
Internacionales en materia de Derechos de los Pueblos Indígenas, entre
otros.
ATENTAMENTE
COMISARIADO DE BIENES COMUNALES DE ZACUALPAN,
CONSEJO INDÍGENA POR LA DEFENSA DEL TERRITORIO DE
ZACUALPAN,
ORGANIZACIÓN BIOS IGUANA,
RED MEXICANA DE AFECTADOS POR LA MINERÍA (REMA),
COLECTIVO DE ABOGAD@S